Articulo 10 Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
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»Artículo 10. Actos equiparados a transmisiones de derechos.
Vigente
La subrogación en los derechos del acreedor prendario, hipotecario o anticrético se considerará como transmisión de derechos y tributará por el tipo establecido en la letra e) apartado Uno del artículo 43 de esta norma foral.