Articulo 10 Incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración
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»Artículo 10. Información al Parlamento de Navarra.
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Para asegurar la transparencia del control del régimen de incompatibilidades previsto en esta ley foral, la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra remitirá al Parlamento de Navarra, cada seis meses, información del cumplimiento de las obligaciones de declarar por los altos cargos, así como de las infracciones que se hayan cometido en relación con esta ley foral y de las sanciones que hayan sido impuestas.
Modificaciones
- Artículo modificado (10) por LEY FORAL 8/2018, de 17 de mayo, de modificación de la Ley Foral 19/1996, de 4 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de Navarra y de los altos cargos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra
(NA de 23-05-2018) en vigor desde 23-08-2018
