Articulo 10 informacion de los licitadores incursos en prohibicion de contratar Hacienda y Empleo, por la que se regula el Registro de Licitadores de la Comunidad Autonoma de Aragon, en desarrollo del Decreto 82/2006, de 4 de abril, del Gobierno de Aragon, por el que se crea el Registro de Licitadores de la Comunidad Autonoma de Arag
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»Artículo décimo: Información de los licitadores incursos en prohibición de contratar.
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1.-En el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón se inscribirán de oficio por la Intervención General, los licitadores incursos en prohibición de contratar, cuando el ámbito de la misma afecte a todas las AdministracionesPúblicas o a la Administración Autonómica.
2.-A tal efecto, el Registro facilitará información a los órganos de contratación sobre los licitadores afectados, la causa de prohibición en que hayan incurrido según los supuestos previstos legalmente, el órgano declarante y el ámbito orgánicoy temporal de la prohibición.
