Articulo 10 Informes sobre accesibilidad de sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de organismos del sector público
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»Artículo 10. Frecuencia de la presentación de informes
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1. El primer informe abarcará el primer período de seguimiento de los sitios web y las aplicaciones para dispositivos móviles según lo establecido en el artículo 3, apartados 2 y 3.
2. A partir de entonces, los informes abarcarán los períodos de seguimiento de los sitios web y las aplicaciones para dispositivos móviles entre la fecha límite anterior y la fecha límite siguiente para la presentación de informes, según se indica en el artículo 8, apartado 4, de la Directiva (UE) 2016/2102.
