Articulo 10 Ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local
- Norma vigente en lo que no se oponga a lo establecido en la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía. - Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.
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»Artículo 10. Funcionarios en prácticas.
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Los aspirantes a la categoría de Policía, durante la realización del curso de ingreso, tendrán la consideración de funcionarios en prácticas, con los derechos y deberes inherentes; igual consideración tendrán, durante la realización del curso de capacitación, quienes ingresen en los Cuerpos de la Policía Local por una categoría distinta a la de Policía.
