Articulo 10 IVA
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Artículo 10. Concepto de transformación.

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Salvo lo dispuesto especialmente en otros preceptos de este decreto foral normativo, se considerará transformación cualquier alteración de los bienes que determine la modificación de los fines específicos para los cuales eran utilizables.

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  • Texto Original. Publicado el 07-08-2023 en vigor desde 08-08-2023