Artículo 10. LEY FORAL 5/2026, de 23 de marzo de Navarra
Artículo 10. Compatibilidad y ejercicio de la acción voluntaria.
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1. La realización de actividades de voluntariado no podrá ser causa justificativa para la eliminación de puestos de trabajo.
2. La acción voluntaria no sustituirá los deberes y funciones de las administraciones públicas y sus empleadas y empleados en la prestación de los servicios públicos.
3. Quienes trabajan por cuenta ajena solo podrán ejercer actividades de voluntariado fuera de la jornada laboral.
4. El trabajo por cuenta ajena en la propia entidad de voluntariado será compatible con el de persona voluntaria siempre y cuando tal acción se realice fuera de su jornada laboral y con funciones diferentes a las desarrolladas en aquella.
5. La condición de persona voluntaria es compatible con la de socia en la entidad de voluntariado en la que esté integrada y con la de participación en sus órganos de gobierno si resulta de conformidad con sus estatutos.
