Articulo 10 Ley3/2009,de2...a(PROTEJA)

Articulo 10 Ley3/2009,de28demayo,porlaqueseapruebaelProgramadeTransicionalEmpleodelaJuntadeAndalucia(PROTEJA).

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Artículo 10. Obligaciones con los contratistas.

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1. Los Ayuntamientos y Diputaciones tendrán la obligación de abonar a los contratistas el precio de las obras dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de expedición de las certificaciones de obra o de los correspondientes documentos que acrediten la realización parcial o total del contrato.

2. Los contratistas deberán abonar a los subcontratistas, en su caso, el precio pactado por las prestaciones cuya realización les hayan encomendado en el plazo máximo de treinta días naturales, computado desde la fecha de aprobación por el o la contratista principal de la factura emitida por el o la subcontratista o suministrador o suministradora.