Articulo 10 Medidas financieras 2009 C. León
Ver Indice
»Artículo 10. Modificación del artículo 96 de la Ley de Tasas y Precios Públicos.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se modifica el apartado 1 del artículo 96 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, que queda redactado de la siguiente forma.
«1. Por la expedición o el reconocimiento de las licencias anuales de pesca:
a) Pescadores españoles, nacionales de otros países integrados en la Unión Europea y otros extranjeros residentes: 8,65 euros.
b) Pescadores extranjeros no residentes (excepto nacionales de países integrados en la Unión Europea): 25,40 euros».
