Articulo 10 Medidas Fiscales y Administrativas 2013 de Aragón
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»Artículo 10. - Supuestos de no sujecíón.
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No se encuentra sujeto al impuesto el daño medioambiental causado por la emisión de dióxido de carbono (CO2) a la atmósfera producida por.
a) La combustión de biomasa, biocarburante o biocombustible.
b) Las realizadas desde instalaciones sujetas al régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero que constituyan emisiones en exceso respecto de las asignaciones individuales según su normativa reguladora, salvo el exceso que suponga incumplimiento de la obligación de entregar derechos de emisión conforme a dicha normativa.
