Articulo 10 Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo
Ver Indice
»Artículo 10. Objeto.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La concertación social tiene por objeto asegurar la consideración y adecuada valoración por las políticas públicas correspondientes de las necesidades y aspiraciones de los sectores de la vida económico-social más relacionados con la Ordenación del Territorio y el Urbanismo. Se cumple mediante la información de dichos sectores sobre las líneas básicas de las referidas políticas y la participación activa de aquéllos en su formulación y evolución, en la forma dispuesta en este Capítulo.
