Articulo 10 Medidas tributarias, administrativas y de función pública de Murcia
Artículo 10. Procedimiento para la compensación de los reintegros de ayudas para alquiler de viviendas a afectados por los movimientos sísmicos de Lorca de 2011.
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En aquellos supuestos en que proceda el reintegro de ayudas para alquiler de vivienda, concedidas al amparo del Decreto 92/2011, de 16 de mayo, por el que se regulan las ayudas para el alquiler de viviendas y reposición de enseres de las viviendas afectadas por los movimientos sísmicos, acaecidos el 11 de mayo de 2011, en el municipio de Lorca, los interesados podrán solicitar la compensación de dichas deudas mediante minoración de la cuantía de las ayudas que les puedan corresponder en los siguientes pagos.
Para este supuesto, la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, a través del centro directivo que ejerza la competencia para la concesión de estas subvenciones, será competente para dictar el acuerdo de compensación. Dicho acuerdo se dictará al propio tiempo que se acuerde la concesión de la nueva ayuda a la que se aplicará la compensación y tendrá los mismos efectos justificativos que el pago material de reintegro.
