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Artículo 10 Medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética

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Artículo 10. Renovación de los contratos de alquiler social obligatorio

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Las personas o unidades familiares afectadas por contratos de alquiler social que llegan al final del plazo fijado tienen derecho a formalizar un nuevo contrato, por una única vez y de acuerdo con las condiciones que determina la presente ley, siempre que acrediten que siguen cumpliendo los requisitos de exclusión residencial establecidos por el artículo 5.7. A tal efecto, el titular de la vivienda debe requerir a los afectados, al menos cuatro meses antes de la fecha de expiración del contrato, para que presenten la documentación acreditativa.

(NOTA: Las obligaciones de ofrecer y renovar un alquiler social al que se refiere el presente artículo son aplicables también en caso de que los correspondientes procedimientos judiciales se hayan iniciado antes del 8 de marzo de 2022 y todavía estén en tramitación)