Articulo 10 Medidas Urgentes para la Declaración de Proyectos Prioritarios en Castilla-La Mancha
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Articulo 10 Medidas Urgentes para la Declaración de Proyectos Prioritarios en Castilla-La Mancha.

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Artículo 10. Declaración de Proyecto Prioritario.

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1. La competencia para declarar un proyecto como prioritario corresponde:

a) A la persona titular de la Consejería competente en la materia a que se refiera el proyecto, mediante la correspondiente orden:

a. Cuando se trate de proyectos pertenecientes a sectores calificados como estratégicos mediante Orden de la persona titular de la Consejería.

b. Cuando se trate de proyectos del resto de sectores que no superen los 5.000.000 de euros de inversión.

Cuando las materias a la que se refiera un proyecto sean competencia de varias consejerías, la declaración como proyecto prioritario corresponderá a la Consejería competente en materia de incentivación empresarial.

b) Al Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, mediante acuerdo del mismo:

a. Cuando se trate proyectos no pertenecientes a sectores calificados como estratégicos, cuando el proyecto supere los 5.000.000 euros de inversión.

b. En todo caso cuando el proyecto adopte la forma de Proyecto o Plan de Singular Interés o conlleve la declaración de utilidad pública o interés social prevista en el artículo 13.

El Consejo de Gobierno, en aplicación del artículo 17 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, podrá constituir una Comisión Delegada para la declaración de Proyectos de Interés.

2. La declaración de un proyecto como prioritario tendrá los efectos previstos en el Título siguiente, pero no prejuzga el sentido de los diferentes actos administrativos que conlleve la tramitación del proyecto.

3. La declaración se notificará a la persona promotora del proyecto, surtiendo efectos la declaración a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

4. Periódicamente el Gobierno Regional informará de los proyectos declarados como prioritarios al Consejo del Diálogo Social, previsto en la Ley 8/2019, de 13 de diciembre, de Participación de Castilla-La Mancha.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-07-2020 en vigor desde 01-08-2020