Articulo 10 Medidas urgentes para la reducción del déficit
Ver Indice
»Artículo 10. Aportaciones a planes de pensiones
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Durante el ejercicio 2012 las personas jurídicas, públicas o privadas, incluidas dentro del ámbito del presente decreto-ley, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 2.Tres del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera, para la corrección del déficit público, no podrán realizar aportaciones a planes de pensiones de empleo o contratos de seguro colectivos que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación.
