Articulo 10 Modelo de reglamento del servicio de archivo municipal para entidades locales de población inferior a 15.000 habitantes y su guía de buenas prácticas
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»Artículo 10. Originalidad de los documentos.
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1. Los documentos producidos por las entidades locales deben estar validados mediante firma original, bien autógrafa, bien mediante sistema de firma digital aceptado.
2. En el caso de los expedientes electrónicos auténticos, gestionados en una herramienta de administración electrónica, se evitará la duplicación del expediente en papel y se procurará la progresiva digitalización de los documentos en papel existentes en los expedientes híbridos.
3. Respecto a la gestión de los expedientes electrónicos, se estará conforme a la normativa de requisitos de archivo digital seguro definidos por el Departamento del Gobierno de Navarra competente en materia de archivos.
