Articulo 10 modifica la Comisión General de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios y la Comisión de Coordinación con las Comunidades Autónomas, sobre seguros agrarios
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»Artículo 10.
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Se constituye la Comisión de Coordinación con las Comunidades Autónomas sobre seguros agrarios, como órgano de coordinación y colaboración en materia de seguros agrarios, integrada por representantes de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios y de las Comunidades Autónomas.
