Articulo 10 Modificación 2022 de diversos impuestos y otras medidas tributarias
Artículo décimo. Ley Foral reguladora del mecenazgo cultural y de sus incentivos fiscales en la Comunidad Foral de Navarra.
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Los preceptos de la Ley Foral 8/2014, de 16 de mayo, reguladora del mecenazgo cultural y de sus incentivos fiscales en la Comunidad Foral de Navarra, que a continuación se relacionan, quedarán redactados del siguiente modo:
Uno.-"Artículo 4.f).a').
"a') Las incluidas en la sección segunda (actividades profesionales), agrupación 86, grupos 861, 862, 864 y 869, cuando se trate de personas físicas".
Dos.-Artículo 17, quinto párrafo, con efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2023.
"-El 30 por 100 de la base imponible previa a esta reducción y, en su caso, a las que se refieren los artículos 37, 42, 47, y las disposiciones adicionales décima, duodécima y decimotercera de la Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio".
Tres.-Artículo 20.b).
"b) Que informen a la administración tributaria, en los modelos establecidos en la normativa tributaria, del contenido de las certificaciones expedidas".
