Articulo 10 Modificación del Decreto-ley 5/2012 -medidas urgentes en materia de ... del sector público-
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Articulo 10 Modificación del Decreto-ley 5/2012 -medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público-

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Artículo décimo. Modificación del artículo 28 del Decreto Ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reduc ción del déficit público del sector público de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y ...

Vigente

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El apartado 1 del artículo 28 del Decreto Ley 5/2012 queda modificado de la siguiente manera:

1. Las retribuciones de los órganos unipersonales de dirección y del per- sonal laboral directivo profesional de las entidades del sector público empresa- rial y fundacional de la Comunidad Autónoma, así como del personal laboral directivo profesional del Servicio de Salud de las Illes Balears, se configurarán de modo que su remuneración se distribuya en una parte fija y en una parte variable vinculada a la consecución de los objetivos de la entidad. Corresponderá al órgano colegiado superior de cada entidad delimitar, antes del 30 de septiembre de 2012, los criterios concretos para ello, teniendo en cuenta, con respecto a la parte variable y entre otros criterios posibles, el grado de cumplimiento del plan de actuaciones de la entidad y el resultado presu- puestario, de acuerdo con los indicadores a que se refiere el artículo 17.2 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-09-2012 en vigor desde 01-09-2012