Articulo 10 Se modifican diversas leyes para la transposición en Andalucía de la Directiva 2006/123/CE, relativa a los servicios en el mercado interior
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»Artículo 10. Modificación de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía.
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La Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía queda modificada en el apartado 3 de su artículo 68, con la siguiente redacción:
3. Los almacenes mayoristas autorizados dispondrán de una dirección técnica, a cargo de un farmacéutico, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 29/2006, de 26 de julio. Reglamentariamente se establecerá las condiciones, requisitos y procedimiento para su nombramiento, así como la exigencia de la presencia de un farmacéutico durante el horario de actividad del almacén.
