Articulo 10 Mossos d´Esquadra
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Artículo 10.

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1. El Cuerpo de «Mossos d´Esquadra» es un instituto armado de naturaleza civil, con estructura y organización jerarquizadas.

2. Dado el carácter de instituto armado del Cuerpo de «Mossos d´Esquadra», sus miembros llevarán el armamento reglamentario, excepto en los supuestos que se establezcan.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-07-1994 en vigor desde 09-08-1994