Articulo 10 Movilidad de Cataluña
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»Artículo 10. Instrumentos de programación
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Copiloto jurídico
Para la aplicación de los planes directores de movilidad en lo que concierne a la financiación de las infraestructuras y la determinación de los servicios necesarios se establecen los siguientes instrumentos de programación:
a) El programa de inversiones. b) Los planes de servicios.
