Articulo 10 Municipal y d...-Derogada-

Articulo 10 Municipal y de Régimen Local -Derogada-

Ver Indice
»

Artículo 10.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las competencias de los Entes locales territoriales de Cataluña se entienden referidas a sus respectivos territorios, sin perjuicio de las excepciones que puedan establecerse en determinadas materias, de conformidad con las leyes.