Articulo 10 NF 12/1989 de 5 de Jul Gipuzkoa
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Articulo 10 NF. 12/1989 de 5 de Jul Gipuzkoa

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Artículo 10.

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Los Catastros Inmobiliarios Rústico y Urbano están constituidos por un conjunto de datos y descripciones de los bienes inmuebles rústicos y urbanos, con expresión de superficies, situación, linderos, cultivos o aprovechamientos, calidades, valores y demás circunstancias físicas, económicas y jurídicas que den a conocer la propiedad territorial y la definan en sus diferentes aspectos y aplicaciones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-07-1989 en vigor desde 10-07-1989