Articulo 10 No discrimina...de Navarra

Articulo 10 No discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales de Navarra

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Artículo 10. Medidas de discriminación positiva en el empleo.

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Las administraciones públicas de Navarra elaborarán las medidas de discriminación positiva adecuadas, dentro de los mecanismos de empleabilidade inclusión ya existentes, para favorecer la contratación y el empleo de personas transexuales. Estas medidas irán dirigidas a mejorar las posibilidades de inserción y de participación en la vida social, económica, política y cultural de las personas transexuales, incrementando su capacidad de intervención activa en la sociedad y contribuyendo así a la superación de las desigualdades sociales.