Articulo 10 Norma Técnica de Planeamiento (NOTEPA)
Artículo 10. Definiciones sobre la posición de la edificación.
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A los efectos de esta norma se entiende por:
a) Ocupación de Parcela: Se entiende por ocupación de una parcela el porcentaje máximo de ella que pueda ser ocupada por la edificación, en cualquiera de sus plantas sobre o bajo rasante, incluidos sus cuerpos volados, cerrados o abiertos, cuando se proyecten sobre la superficie neta de la misma.
b) Retranqueo: Es la separación mínima de las líneas de la edificación a los linderos de la parcela, medida perpendicularmente a ellos. Se distingue retranqueo frontal, lateral y trasero.
c) Fondo Edificable: Es la dimensión lineal máxima que alcanza o que puede alcanzar la profundidad de un edificio, medida perpendicularmente a la alineación de vial o la de fachada que se adopten como referencia.
d) Separación entre Edificaciones: Es la distancia más corta entre las líneas de edificación de dos edificaciones próximas.
e) Área de movimiento: Está formada por un perímetro cerrado dentro del cual los edificios que se proyecten deberán inscribirse por completo. Las líneas perimetrales que definen el área de movimiento constituirán límites máximos para la posición de las envolventes de los edificios.
