Articulo 10 Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía
Artículo 10.
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Corresponde al Pleno de la Cámara de Cuentas:
Aprobar las normas necesarias para el desarrollo y aplicación del presente Reglamento, así como las que resulten precisas para el funcionamiento interno de la Cámara.
Aprobar los proyectos y propuestas a que se refiere el artículo 7.
Establecer los criterios y procedimientos que han de observarse en las actuaciones de la propia Cámara de Cuentas.
Ejercer la iniciativa de la actividad auditora.
Aprobar el Plan Anual de Actuaciones y, en su caso, cualquier revisión del mismo que resulte procedente.
Aprobar los informes que resulten del ejercicio de sus funciones.
Elegir de entre sus miembros a la persona titular de la Presidencia y a la persona titular de la Vicepresidencia y proponer el nombramiento de la persona titular de la Presidencia. Nombrar al Secretario General.
Aprobar la oferta de puestos de trabajo vacantes a cubrir, así como la asignación del personal a los distintos departamentos y servicios de la Cámara.
Acordar, cuando proceda, la separación del servicio del personal de la Cámara.
Aprobar las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias.
Autorizar los gastos a partir de los límites que por su importe o naturaleza se determinen, actuando como Mesa de contratación cuando así esté establecido.
Cualquier otra función que legal o reglamentariamente le esté asignada.
