Articulo 10 Plan de acción territorial de ordenación y dinamización de la Huerta de València
Artículo 10. Relación entre el Plan de acción territorial y el planeamiento municipal
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1. Las determinaciones del Plan de acción territorial prevalecen frente a las determinaciones del planeamiento municipal, salvo en aquellos supuestos en que el planeamiento municipal sea más proteccionista en materia ambiental u ordene núcleos tradicionales legalmente asentados en el medio rural, en atención a sus peculiaridades específicas.
2. Los planes generales estructurales de los municipios de la Huerta establecerán su modelo territorial de acuerdo con las previsiones establecidas en el presente Plan y asumirán e incorporarán en su memoria justificativa los objetivos y criterios en él establecidos.
3. El planeamiento urbanístico incorporará:
a) La clasificación y zonificación del suelo no urbanizable protegido establecida por este Plan de acción territorial.
b) Los enclaves y sectores de recuperación de la Huerta.
c) La delimitación de los corredores de conexión que serán concretados en los instrumentos de planeamiento urbanísticos.
d) La infraestructura verde definida en este Plan a escala supramunicipal y la completarán tal y como establece el artículo 26.2 de la presente normativa.
4. Los planes generales estructurales podrán modificar la clasificación o zonificación de Huerta prevista en el Plan de acción territorial siempre que implique un mayor nivel de protección. Aquellos que sean más restrictivos desde el punto de vista ambiental podrán adaptarse a las determinaciones del presente plan.
5. La vigencia de las determinaciones del planeamiento municipal, así como las reservas de suelo, quedarán condicionadas a su compatibilidad con los objetivos previstos en el presente plan. En caso de conflicto entre la reserva de suelo y los objetivos del plan, la reserva quedará sin efecto, debiéndose estudiar nuevas alternativas.
- Artículo modificado (10 (apdo. 1)) por DECRETO LEY 4/2025, de 4 de febrero, del Consell, de modificación de la Ley 5/2018, de 6 de marzo, de la Generalitat, de la Huerta de València, y del Decreto 219/2018, de 30 de noviembre, del Consell, por el que se aprueba el Plan de acción territorial de ordenación y dinamización de la Huerta de València.
(GV de 05-02-2025) en vigor desde 06-02-2025
