Articulo 10 Planes y programas relativos a la gestión de la sanidad animal en Castilla y León
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»Artículo 10. Régimen sancionador.
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El incumplimiento de lo establecido en la ejecución y desarrollo de los planes y programas sanitarios será sancionado de acuerdo con lo dispuesto en la normativa básica y autonómica existente en materia de sanidad animal.

