Articulo 10 Programa de Colaboración Económica Municipal de Conciliación y Corresponsabilidad
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»Décimo. Información al centro directivo con competencias en materia de administración local y al Consejo de Política Local.
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Cuatrimestralmente, la Secretaría General de la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo remitirá un informe de la ejecución y consecución de los objetivos previstos para el Programa Económico Municipal de Conciliación y Corresponsabilidad a la Dirección General de Administración Local como centro directivo competente para el desarrollo e implementación del bloque normativo de la autonomía municipal de Extremadura.
La Dirección General de Administración Local pondrá dicha información en conocimiento del Consejo de Política Local, para que sea tenida en cuenta, en su caso, en la adopción de acuerdos de distribución de fondos en sucesivos ejercicios presupuestarios.
