Artículo 10 Real Decreto... eléctrica

Artículo 10. Real Decreto 88/2026, de 11 de febrero, Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica

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Artículo 10. Obligaciones del consumidor directo en mercado.

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El consumidor directo en mercado tendrá, además de las establecidos en el artículo 46 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico las siguientes obligaciones:

a) Presentar la declaración responsable ante el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a la que hace referencia el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la aplicación telemática diseñada a tal efecto, indicando que cumple los requisitos necesarios para el ejercicio de la actividad como consumidor directo en mercado, de acuerdo con el modelo establecido en el anexo II.

Asimismo, comunicar el cese de su actividad ante el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a través de la aplicación informática correspondiente.

La Dirección General de Política Energética y Minas dará traslado de lo anterior al operador del sistema, al operador de mercado y a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, quien publicará en su portal de internet y mantendrá actualizado con una periodicidad al menos mensual un listado que contendrá los consumidores directos en mercado que, de acuerdo con el presente artículo, hayan presentado ante el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la declaración responsable y que no hayan comunicado el cese de la actividad.

b) Comunicar cualquier hecho que suponga la modificación de alguno de los datos incluidos en la declaración responsable originaria a través de la aplicación telemática en el plazo máximo de diez días hábiles a partir del momento en que se produzca.

La Dirección General de Política Energética y Minas dará traslado de lo anterior a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

c) Mantenerse en el cumplimiento de los requisitos fijados para actuar como consumidor directo en mercado.

d) Presentar las garantías que resulten exigibles ante el operador del sistema, y el operador del mercado para poder adquirir energía eléctrica.

e) Contratar y abonar el peaje de acceso a las redes de transporte y distribución y los cargos al distribuidor al que están conectadas sus instalaciones o al distribuidor de la zona en caso de estar conectado a la red de transporte.

f) Presentar ante el operador del sistema las garantías que se establezcan de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 de este reglamento.

g) Adquirir la energía necesaria para el desarrollo de sus actividades, realizando el pago de sus adquisiciones.

h) Disponer de los medios técnicos que permiten el ejercicio de la actividad y el intercambio de información con el resto de agentes.

i) Tener conocimiento de la normativa que resulta de aplicación a la actividad, así como de las obligaciones y requisitos que resultan exigibles durante su ejercicio.

j) Dar respuesta a los requerimientos de información que practique la Administración en el plazo y forma que esta indique.

k) Garantizar la confidencialidad y la protección de datos referidos a las personas físicas afectadas, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, General de Protección de Datos, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales y demás normativa vigente en materia de seguridad y protección de datos.

l) Comunicar sus operaciones en el mercado mayorista de la energía a la Agencia para la Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER) en cumplimiento del Reglamento (UE) n.º 1227/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la integridad y la transparencia del mercado mayorista de la energía.

m) Intercambiar información con los distribuidores según los formatos de ficheros establecidos por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

n) Mantener actualizada la información de contacto de su punto de suministro e informar a la empresa distribuidora.