Articulo 10 Regimen disci...de Policia

Articulo 10 Regimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policia

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Artículo 10. Sanciones.

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1. Las sanciones que pueden imponerse por la comisión de faltas muy graves son.

a) La separación del servicio.

b) La suspensión de funciones desde tres meses y un día hasta un máximo de seis años.

c) El traslado forzoso.

2. Por faltas graves podrá imponerse la sanción de suspensión de funciones desde cinco días a tres meses.

3. Las sanciones que pueden imponerse por la comisión de faltas leves son:

a) La suspensión de funciones de uno a cuatro días, que no supondrá la pérdida de antigüedad ni implicará la inmovilización en el escalafón.

b) El apercibimiento.