Articulo 10 Reglamento de...e La Rioja

Articulo 10 Reglamento de asistencia jurídica gratuita de La Rioja

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Artículo 10. Sistema informático.

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1. La gestión administrativa del procedimiento se llevará a cabo a través de las aplicaciones informáticas que implante la Consejería competente en materia de Justicia, previa conformidad a las mismas del órgano competente en materia de tecnologías de la información de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

2. Se procurará que dichas aplicaciones informáticas sean compatibles e interoperables con las utilizadas por los colegios profesionales.

3. Las comunicaciones entre la Comisión de Asistencia Jurídica de La Rioja y el Colegio de Abogados y el Colegio de Procuradores serán preferentemente por medios electrónicos.