Articulo 10 Reglamento de...ecreativas

Articulo 10 Reglamento de desarrollo de la Ley de espectáculos públicos y actividades recreativas

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Artículo 10.- Señalización.

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Se debe contar, al menos, con las medidas de señalización contenidas en el Documento Básico de Seguridad contra Incendios (DBSI), y en las normas técnicas UNE 23034:1988 y UNE 23033-1:1981, de seguridad contra incendios, señalización de seguridad y vías de evacuación.