Articulo 10 Reglamento de desarrollo de la Ley Foral de Servicios Sociales en materia de Programas y Financiación de los Servicios Sociales de Base
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»Artículo 10. Determinación anual de la financiación.
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La cuantía de la aportación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra para la financiación de los servicios sociales de base se determinará de forma anual en aplicación de lo previsto en este capítulo.
