Articulo 10 Reglamento general de carreteras de Cataluña
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»Artículo 10. Actualizaciones del Catálogo.
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10.1 El departamento competente en la materia tiene que mantener permanentemente actualizado el Catálogo de carreteras de la Generalidad.
10.2 Las actualizaciones del Catálogo de carreteras han de someterse, previamente a su aprobación, a informe de las administraciones locales afectadas.
