Articulo 10 Reglamento General de Conductores
Ver Indice
»Artículo 10. Variación de datos.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Cualquier variación de los datos que figuran en el permiso o licencia de conducción, así como la del domicilio de su titular, deberá ser comunicada por éste dentro del plazo de quince días, contados desde la fecha en que se produzca, a la Jefatura Provincial de Tráfico.
