Articulo 10 Reglamento del Ministerio Fiscal
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»Artículo 10. Forma de los actos y resoluciones del Ministerio Fiscal.
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1. Las resoluciones del Ministerio Fiscal adoptarán la forma de decreto, sin perjuicio de las decisiones que se reflejen mediante diligencias de ordenación, de constancia o de tramitación, según los casos.
2. Los decretos dictados en los expedientes gubernativos deberán ser siempre motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho, y en particular y en cuanto sea de aplicación, aquellos que tengan por objeto los actos a que se refiere el artículo 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
