Articulo 10 Reglamento de...de Policia

Articulo 10 Reglamento de Personal de los Cuerpos de Policia

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Artículo 10.

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1. El sistema de concurso-oposición constará de dos fases sucesivas. La fase de concurso consistirá en la calificación de los méritos alegados y debidamente probados por los concursantes de acuerdo con el baremo establecido en la convocatoria. La fase de oposición se regirá por lo establecido en el artículo anterior.

2. La valoración de la fase de concurso no podrá superar el 30 por 100 de la puntuación máxima alcanzable en el conjunto de ambas fases, excluida la puntuación asignada al curso de formación. Los méritos a valorar en la fase de concurso se referirán a:

  1. Títulos académicos.

  2. Servicios en Cuerpos de Policía u otros Órganos de la Administración Pública.

  3. Otros méritos relacionados con el puesto a cubrir.