Articulo 10 regula la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica
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»Artículo 10. Características de la tarjeta soporte.
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1. El material, formato y diseño de la tarjeta soporte del Documento Nacional de Identidad se determinará por el Ministerio del Interior, teniendo en cuenta en su elaboración la utilización de procedimientos y productos conducentes a la consecución de condiciones de calidad e inalterabilidad y máximas garantías para impedir su falsificación. Llevará incorporado un chip electrónico al objeto de posibilitar la utilidad informática a que se refiere el artículo 1.4 de este Real Decreto.
2. La tarjeta soporte llevará estampados en el anverso, de forma destacada y preeminente los literales Documento Nacional de Identidad, España y Ministerio del Interior.
