Artículo 10 se regulan las entidades colaboradoras de certificación y los entes habilitados en el ámbito de la simplificación
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»Artículo 10. Inspección
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A través de los planes inspectores se comprobará el mantenimiento de los requisitos de la designación, así como el cumplimiento de las obligaciones de la Entidad y de los requisitos y procedimientos para la emisión de las Certificaciones Documentales Acreditadas.
