Articulo 10 Responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y repar...ños medioambientales
Articulo 10 Responsabilid...mbientales

Articulo 10 Responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales

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Artículo 10. Plazo para la recuperación de los costes

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La autoridad competente podrá incoar procedimientos de recuperación de los costes contra el operador o, cuando proceda, contra un tercero que haya causado los daños o la amenaza inminente de daños, en relación con las medidas adoptadas en virtud de la presente Directiva, dentro del plazo de cinco años a contar desde la más tardía de las fechas siguientes: la fecha en que se haya llevado a término la aplicación de las medidas o la fecha en que se haya identificado al operador o al tercero responsable.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-04-2004 en vigor desde 30-04-2004