Articulo 10 Reutilización...-Derogada-

Articulo 10 Reutilización de la información del sector público -Derogada-

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Artículo 10. No discriminación

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1. Las condiciones que se apliquen para la reutilización de un documento no deberán ser discriminatorias para categorías comparables de reutilización.

2. Si un organismo del sector público reutiliza los documentos como base para sus actividades comerciales ajenas a su misión de servicio público, deberán aplicarse a la entrega de documentos para dichas actividades las mismas tarifas y condiciones que se apliquen a los demás usuarios.