Articulo 10 Sistema Públi...Musicales

Articulo 10 Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales

Ver Indice
»

Artículo 10. Equipamientos escénicos y musicales locales básicos

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los equipamientos escénicos y musicales locales básicos tienen que cumplir los requisitos siguientes:

a) Tienen que ser de ámbito local.

b) Pueden acoger simultáneamente actividades de exhibición, creación, producción y dinamización comunitaria.

c) Tienen que estar ubicados en municipios de entre 15000 y 50000 habitantes o capitales de comarca de entre 5.000 y 15000 habitantes.