Articulo 10 social Modelo 184 de declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas -Derogada-
Décimo. Colaboración social en la presentación telemática de las declaraciones correspondientes al modelo 184.
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Las personas o entidades autorizadas a presentar por vía telemática declaraciones en representación de terceras personas, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1377/2002, de 20 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 21) , que desarrolla la colaboración social en la gestión de los tributos para la presentación telemática de declaraciones, comunicaciones y otros documentos tributarios, y en la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 3 de junio) , por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros modelos tributarios, podrán hacer uso de dicha facultad, respecto de la declaración que se aprueba en esta Orden.
