Articulo 100 Empleo Público Vasco
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Artículo 100. Valoración de los concursos y reglas adicionales.

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1. En los concursos para la provisión de puestos de trabajo se valorará, especialmente, la adecuación de las competencias del candidato o la candidata al perfil funcional del puesto de trabajo. En todo caso, serán objeto de valoración:

a) Los resultados de la evaluación del desempeño, siempre que exista.

b) La experiencia en puestos de naturaleza similar o de la misma área funcional.

c) Las titulaciones que procedan, siempre que guarden relación con el puesto de trabajo convocado.

d) Los cursos de formación y perfeccionamiento adecuados al puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

e) El nivel de conocimiento acreditado del euskera cuando no constituya requisito.

f) El grado o grados de desarrollo profesional adquiridos por el personal funcionario en su carrera profesional, al margen de los que sean un requisito exigido en su caso para el desempeño del citado puesto de trabajo.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, en los concursos para la provisión de puestos de trabajo se podrá valorar el conocimiento de idiomas, la actividad docente e investigadora, la participación en proyectos, comisiones, la formación, así como otras actividades incluidas en planes estratégicos de la Administración.

3. Para valorar la adecuación de las personas candidatas al puesto de trabajo, aparte de la valoración de los méritos respectivos, se podrán utilizar cualquiera de los instrumentos siguientes:

a) Pruebas de conocimiento.

b) Elaboración y participación en proyectos de mejora, así como la presentación de memorias que tengan como finalidad la modernización, innovación u optimización de los servicios y procedimientos desempeñados en los puestos de trabajo correspondientes.

c) Pruebas de aptitud y de capacidades cognitivas.

d) Ejercicios y simulaciones demostrativos de la posesión de destrezas.

4. Las convocatorias podrán determinar la necesidad de obtener una puntuación mínima en la valoración de los méritos para poder acceder al puesto objeto de la convocatoria.