Articulo 100 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2009 de la Generalitat
Ver Indice
»Artículo 100
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se modifica el apartado 4 del artículo 2 del Decreto 83/2009 de 12 de junio del Consell, que queda redactado como sigue:
«4. Plazos y prórrogas:
a) El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 8 meses».
