Articulo 100 Promoción de la actividad económica
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»Artículo 100. Modificación del artículo 73 de la Ley 13/2002
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Se modifica el apartado 3 del artículo 73 de la Ley 13/2002, que queda redactado del siguiente modo:
"3. Se inscriben en el Registro de Turismo de Cataluña todas las empresas y establecimientos turísticos regulados por la presente ley y la normativa que la desarrolla."
