Artículo 100 Vivienda de Andalucía
Artículo 100. Inspección autonómica en materia de vivienda.
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1. Sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos, el desempeño de las funciones inspectoras para comprobar el cumplimiento de la presente ley que sean competencia de la Junta de Andalucía corresponde al personal funcionario del Cuerpo Superior de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, y del Cuerpo de Subinspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, cuya organización y funciones se regularán por lo previsto en su normativa específica.
Las funciones de apoyo al personal inspector serán desarrolladas por los puestos de asistencia técnica o personal funcionario asignado al efecto.
Asimismo, la Consejería competente en materia de vivienda podrá requerir la colaboración de los ayuntamientos para la remisión de información en relación con los incumplimientos detectados en materia de vivienda y que hayan dado lugar a una actuación de investigación.
2. En el ejercicio de sus funciones, el personal inspector gozará de plena autonomía y tendrá, a todos los efectos, la condición de agente de la autoridad. Está facultado para requerir y examinar toda clase de documentos e información que sean necesarios para comprobar la adecuación de los actos a la legislación aplicable en materia de vivienda, y obtener la información necesaria para el cumplimiento de su cometido, incluida la que se contenga en toda clase de registros públicos, de conformidad con lo previsto en su normativa reguladora. Podrá requerirse información de carácter reservado con trascendencia tributaria previa autorización de los obligados tributarios a que se refieran los datos suministrados, conforme a lo previsto en el artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
3. El personal inspector ejercerá sus funciones provisto de un documento oficial que acredite su condición. Tanto las Administraciones públicas como los particulares están obligados a prestarle la colaboración que precise.
