Articulo 101 Actividad Física y Deporte de La Mancha
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»Artículo 101. Ingresos por sanciones de carácter pecuniario.
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Los ingresos económicos que perciba la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha con motivo de la imposición de las sanciones previstas en este capítulo generarán créditos destinados a cubrir gastos para las actividades de promoción y organización de la actividad física y el deporte en edad escolar, conforme a la legislación autonómica en materia de hacienda.
